LALO SILES quiere abrir otra nueva macrocantera en la Sierra de Morón.
La Plataforma Salvemos Esparteros exige a la Junta de Andalucía y al
Ayuntamiento que denieguen los permisos de manera definitiva, y que
no permitan en el nuevo PGOU las actividades extractivas en la Sierra.
Parece que el afán de destrucción de este empresario no tiene límites. Ahora pretende abrir la denominada RSC 7201 Sierra de Esparteros, un proyecto denegado en 1998 y que consiste en una nueva macrocantera definida por un perímetro que contiene 25 hectáreas, con taludes de 150 metros, que partiendo desde la ribera del Guadaíra, llegaría hasta una altura de 350 metros, cerca de la Casilla del Pastor, afectando a la subida a la cumbre de la Sierra.
El pasado mes de febrero de 2019 la empresa LALO SILES presentó un recurso de alzada ante la Consejería de Medio Ambiente contra la resolución que en diciembre de 2018 decidió poner fin y archivar el expediente de Evaluación de Impacto Ambiental de esta nueva macrocantera. El próximo 9 de mayo de 2019 se cumple el plazo legal de tres meses que tiene la Junta para resolver ese recurso, y hasta la fecha no ha habido respuesta.
Por eso el pasado 29 de marzo la Plataforma remitió dos escritos a la nueva Delegada de Sevilla de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible pidiéndole, en el primero, que confirme el archivo definitivo de ese expediente, y en el segundo, que se mantenga en el nuevo PGOU de Morón la prohibición completa de actividades extractivas que existe en las normas urbanísticas vigentes.
El expediente se inició en 1995, y hace 20 años fue denegado mediante una
Declaración de Impacto Ambiental (DIA) negativa publicada en el BOP de Sevilla
de 3 de mayo de 1999, porque “produciría una serie de impactos ambientales
significativos de signo negativo sobre valores sobresalientes del patrimonio natural, en la actualidad protegido por el planeamiento urbanístico vigente”, y porque “Las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes en el municipio contemplan a esta unidad serrana como Espacio de Preservación Prioritaria, categoría de suelo no urbanizable de protección especial destinado en este caso a la protección del arbolado de frondosas” por lo que “NO SE CONSIDERA VIABLE, a los solos efectos ambientales, la ejecución del citado proyecto, en razón a los efectos negativos que se generarían sobre los elementos naturales, procesos ecológicos y el ecosistema en general. Las razones desarrolladas en el presente documento sostienen que resulta incompatible la actividad minera con la permanencia de los valores ambientales, la preservación de los recursos naturales y los aprovechamientos tradicionales que se desarrollan actualmente en el ámbito territorial afectado.
Esta DIA fue recurrida por la empresa y en 2005 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ordenó que el expediente se realizara de nuevo. En 2017, doce años después de la sentencia, la Junta de Andalucía reinicia el expediente y en febrero de 2018 el técnico de medio ambiente del Ayuntamiento informa sobre “la incompatibilidad urbanística de las actuaciones pretendidas con el ordenamiento vigente en la actualidad”, en base a las siguientes conclusiones de otro informe del arquitecto municipal:
En el siguiente enlace esta toda la documentación original sobre la cantera:
https://drive.google.com/drive/folders/1j9yEaOUaivL00nAGc_mom-QDoT4ZmrmM?usp=sharing
Ayuntamiento que denieguen los permisos de manera definitiva, y que
no permitan en el nuevo PGOU las actividades extractivas en la Sierra.
Parece que el afán de destrucción de este empresario no tiene límites. Ahora pretende abrir la denominada RSC 7201 Sierra de Esparteros, un proyecto denegado en 1998 y que consiste en una nueva macrocantera definida por un perímetro que contiene 25 hectáreas, con taludes de 150 metros, que partiendo desde la ribera del Guadaíra, llegaría hasta una altura de 350 metros, cerca de la Casilla del Pastor, afectando a la subida a la cumbre de la Sierra.
El pasado mes de febrero de 2019 la empresa LALO SILES presentó un recurso de alzada ante la Consejería de Medio Ambiente contra la resolución que en diciembre de 2018 decidió poner fin y archivar el expediente de Evaluación de Impacto Ambiental de esta nueva macrocantera. El próximo 9 de mayo de 2019 se cumple el plazo legal de tres meses que tiene la Junta para resolver ese recurso, y hasta la fecha no ha habido respuesta.
Por eso el pasado 29 de marzo la Plataforma remitió dos escritos a la nueva Delegada de Sevilla de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible pidiéndole, en el primero, que confirme el archivo definitivo de ese expediente, y en el segundo, que se mantenga en el nuevo PGOU de Morón la prohibición completa de actividades extractivas que existe en las normas urbanísticas vigentes.
El expediente se inició en 1995, y hace 20 años fue denegado mediante una
Declaración de Impacto Ambiental (DIA) negativa publicada en el BOP de Sevilla
de 3 de mayo de 1999, porque “produciría una serie de impactos ambientales
significativos de signo negativo sobre valores sobresalientes del patrimonio natural, en la actualidad protegido por el planeamiento urbanístico vigente”, y porque “Las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes en el municipio contemplan a esta unidad serrana como Espacio de Preservación Prioritaria, categoría de suelo no urbanizable de protección especial destinado en este caso a la protección del arbolado de frondosas” por lo que “NO SE CONSIDERA VIABLE, a los solos efectos ambientales, la ejecución del citado proyecto, en razón a los efectos negativos que se generarían sobre los elementos naturales, procesos ecológicos y el ecosistema en general. Las razones desarrolladas en el presente documento sostienen que resulta incompatible la actividad minera con la permanencia de los valores ambientales, la preservación de los recursos naturales y los aprovechamientos tradicionales que se desarrollan actualmente en el ámbito territorial afectado.
Esta DIA fue recurrida por la empresa y en 2005 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ordenó que el expediente se realizara de nuevo. En 2017, doce años después de la sentencia, la Junta de Andalucía reinicia el expediente y en febrero de 2018 el técnico de medio ambiente del Ayuntamiento informa sobre “la incompatibilidad urbanística de las actuaciones pretendidas con el ordenamiento vigente en la actualidad”, en base a las siguientes conclusiones de otro informe del arquitecto municipal:
- CONCLUSIONES:
- La zona de explotación objeto de este informe está clasificada por lanormativa vigente como Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Planificación Urbanística (SNU-PU), en algo más de la mitad sur de su superficie en la categoría A (Conservación Prioritaria) Grupo 1 (Frondosas), y en algo menos de la mitad norte de su superficie clasificada en la categoría C (Áreas de Servidumbre) Grupo 1 (Margen de Explotación de Embalse).
- El Art. 0.2.42 del PGOU. Adaptación parcial de las NNSS de Morón de la Frontera señala expresamente como usos prohibidos las actividades extractivas en los suelos con dicha clasificación urbanística.
- Por tanto, desde el punto de vista urbanístico, en esta zona las actividades extractivas son incompatibles con dicha clasificación de suelo.
En el siguiente enlace esta toda la documentación original sobre la cantera:
https://drive.google.com/drive/folders/1j9yEaOUaivL00nAGc_mom-QDoT4ZmrmM?usp=sharing
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